

Desde el Comité provincial de la Unión Cívica Radical, su vicepresidente, Germán Nuñez junto con la legisladora, Andrea Rodríguez, presentaron en el Concejo Deliberante de Río Grande, la modificatoria de la Ordenanza 1935/04.
De este modo, Nuñez, calificó al mismo como un "acceso transparente de los fondos para el deporte" y como "una herramienta fundamental para el desarrollo del deporte competitivo de la Ciudad".
"Proponemos la modificación del artículo 6 inciso 1 de la ordenanza 1935/04 creando el Directorio del Deporte Competitivo/Federativo, el cual estaría conformado por los y las dirigentes de las diferentes disciplinas de la ciudad, en conjunto con la Agencia Municipal de Deportes, Cultura y Juventud" explicó el vicepresidente del partido y agregó que "el punto más emblemático de dicha modificación, refiere a la asignación del tres por ciento (3%) de presupuesto operativo de la Agencia al Directorio, para poder ser parte de la distribución económica, haciéndola transparente, justa, equitativa y con perspectiva de género".
Asimismo, en la nota presentada este lunes al presidente del Concejo Deliberante de Río Grande, Raúl Von Der Thusen, se eleva el proyecto de Ordenanza de modificación de la Ordenanza Municipal N° 1935/04 referida al Agencia Municipal de Deportes, Cultura y Juventud, la cual menciona que:
SUSTITUYESE el inciso 1) del artículo 6º de la Ordenanza Municipal N° 1935/04, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 6° Inc. 1): El Directorio Municipal de Deportes Federados y Competitivos: Conformado por la Federaciones, Asociaciones y Clubes con asiento legal en la ciudad de Río Grande.
Podrán forman parte del Directorio Municipal de Deportes Federados y Competitivos:
El Directorio Municipal de Deportes Federados y Competitivos deberá integrarse respetando el principio de paridad de género en la composición del mismo que será conformado por:
a) Presidente: Gerente de la AMDCyJ.
b) Vicepresidente subsecretario de la AMDCyJ.
c) Dos representantes del deporte motor.
d) Dos representantes del deporte de conjunto.
e) Dos representantes del deporte individual.
f) Dos representantes de tiempo y marca.
g) Dos representantes de los deportes combate.
h) Dos representantes de deportes urbanos y extremos.
i) Dos representantes de los deportes acuáticos.
j) Dos representantes del deporte adaptado.
k) Dos representantes del periodismo deportivo.
INCORPORESE como inciso 1.b) del artículo 6º de la Ordenanza Municipal N° 1935/04, el siguiente texto:
“Art. 6° inc.1.b) El Poder Ejecutivo, a través de la Agencia Municipal de Deportes y Juventud, deberá convocar a las Asociaciones, Federaciones y Clubes de la ciudad de Río Grande, debidamente reconocidas con personería jurídica al día, a los fines de realizar la conformación del Directorio Municipal de Deportes Federados y Competitivos, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores al inicio del periodo de Sesiones Ordinarias del Concejo Deliberante del Municipio de Río Grande. Dicha conformación tendrá vigencia hasta el nuevo inicio del periodo de Sesiones Ordinarias, siendo el Presidente y Vicepresidente los únicos que renuevan su cargo automáticamente mientras persista su condición de funcionario designado.”
Artículo 3°.- INCORPORESE como inciso 1.c) del artículo 6º de la Ordenanza Municipal N° 1935/04, el siguiente texto:
“Art. 6° inc. 1.c) Serán facultades del Directorio Municipal de Deporte Federados y Competitivos:
INCORPORESE como inciso 1.d) del artículo 6º de la Ordenanza Municipal N° 1935/04, el siguiente texto
“Art. 6° inc. 1.d) El Poder Ejecutivo deberá destinar al deporte competitivo, el tres por ciento (3 %) del presupuesto anual operativo correspondiente a la Agencia Municipal de Deportes, Cultura Y Juventud, el cual será destinado por votación en mayoría absoluta a quienes cumplan los requisitos impuesto por el directorio en su reglamento interno.”
"Esto se traduce en otorgar voz, voto y decisión a los y las protagonistas directos del deporte de la ciudad" concluyó Nuñez.